LIMA - PERÚ SÁBADO 07 DE OCTUBRE DEL 2017 MENSAJE # 2046
MEDITACIONES VARIAS
Jeremías 11:14.
"Tú, pues, no ores por este pueblo".
=== Después de haber sido levantado como profeta para su pueblo; hundido éste en la desgracia causada por sus pecados y sus abominaciones; Dios le ordena que no levante oración por ellos, dándole a conocer un juicio terminal sobre la nación incrédula y perversa.
=== Yahweh le recuerda a Jeremías el PACTO que él hiciera con ellos en el pasado, al cual se comprometieran para luego abandonarlo e incumplirlo.

=== ¿Por qué Dios impidió a Jeremías la oración intercesora? Porque ésta obedece a su voluntad para con su pueblo, y no puede verse envilecida por peticiones ajenas a la misma.

=== Jeremías fue levantado como un testigo divino; tato de las iras de la justicia divina, como de su misericordia postrera para la nación basada en un NUEVO PACTO; uno que seria cumplido porque estaría escrito en los corazones de sus siervos; y no en tablas de piedra.
=== Nuestras oraciones son el equivalente en nuestros corazones de la perfecta voluntad divina, de nuestro deseo de que éste se cumpla.
EFRAÍN ARTURO CHÁVEZ ESPARTA 07/10/2017 MENSAJE # 2046
NUESTRAS ORACIONES DEBEN OBEDECER AL ACUERDO DIVINO, DE MODO QUE SIEMPRE TENGAN UNA RESPUESTA ACORDE CON LA COBERTURA DE LAS NECESIDADES DE DIOS Y DE LAS NUESTRAS, CUBRIENDO SU PROPÓSITO.
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