LIMA - PERÚ LUNES 20 DE ABRIL DEL 2015
COMENTARIO EXEGÉTICO DE LA PRIMERA EPÍSTOLA DEL APÓSTOL PABLO A LOS CORINTIOS.
Primera de Corintios 5:12-13.
"Porque ¿qué razón tendría yo para juzgar a los que están fuera? ¿No juzgáis vosotros a los que están dentro? Porque a los que están fuera, Dios juzgará. Quitad, pues a ese perverso de entre vosotros".
*** Aunque a la mayoría de conservadores les parezca este consejo de Pablo como algo muy subido de tono; y a los más liberales les luzca exagerado, dada su lenidad para la carne religiosa; se ha de aplicar lo que sea más oportuno para moldear la vida eclesial. Algunos requieren una lija cero; otros, un esmeril; otros, un cincel; y otros, dinamita; según el grado de dureza del material que se está esculpiendo. Así como el pecado era inmencionable entre los impíos, por desconocerse su esencia o naturaleza al ignorarse su procedencia y sus resultados según Dios; entre los miembros del pueblo de Dios, están clasificados por su nivel de horribilidad ante la pureza y santidad de la Deidad, asumiéndolos como algo aberrante y abominable, e indigno de morar en la presencia del Padre.
*** Al referirse Pablo al juicio apostólico, éste no incluye a los pecadores que no tienen relación con la Deidad, porque el tema no es sólo lo malo de la pecaminosidad, sino de la santidad inherente en los miembros de las congregaciones, quienes, se supone, se hallan exentos de maldad, para guardar una conducta acorde con los principios cristianos aprendidos, asumidos y observados por todos en línea general. Es por eso que se establece el juicio sobre los que ya han sido instruidos en la fe, pues ellos son gente apercibida y capaz de juzgar y evaluar las líneas de conducta en su relación directa con la Deidad. Un pecado tan escandaloso y abominable no podía tenerse en poco, debiendo ponerle remedio en la forma más drástica posible. La aclaración tan pertinente del apóstol sobre líneas conductuales, es para que estimemos nuestra posición como gentes alejadas de la maldad, exentas de paganismo, y definitivamente separadas para el agrado divino.
*** Aquellos que miran la maldad de la gente sin Dios, y quieren juzgarla como si fueran creyentes, equivocan sus conceptos; porque los hijos del diablo, las obras de su padre quieren hacer, y el andar en impiedad; o moverse en una equivocada justicia por su carnalidad religiosa (como los que quisieron apedrear al Señor en más de una ocasión), hará que yerren en su sentido de hacer justicia según Dios lo establece. Por eso Pablo inquiere: ¿No juzgáis vosotros a los que están dentro (de la Iglesia)? El juicio sobre la gente del mundo le corresponde enteramente al Señor, y no a nosotros. Y, volviendo al punto, el apóstol ordena: "Quitad a ese perverso de entre vosotros". Hemos, pues, de hacer eco de las palabras del hombre de Tarso, y proceder a la separación de aquella persona que contaminara la congregación en forma tan infame. El juicio, conforme a la voluntad y santidad divinas, debe externar de la Iglesia a lo que la mancilla, y la hace inaceptable ante los ojos del Dios santo.
EFRAÍN ARTURO CHÁVEZ ESPARTA 20/04/2015
EL SENTIDO DE LA JUSTICIA APLICABLE A LOS SANTOS A NIVEL CONGREGACIONAL, NO COMPRENDE A LOS QUE ESTÁN FUERA DE ELLA. LA CONGREGACIÓN, POR SU ESTADO DE SEPARACIÓN PARA DIOS Y SU PROPÓSITO, TIENE QUE SER DEPURADA Y JUZGADA A NIVEL INTERNO, SEGREGANDO A QUIEN NO SE ADHIERE Y ADAPTA SU NORMA VITAL A LOS PRINCIPIOS Y REGLAS QUE LA RIGEN.
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